ME HAN ROTO EL CARRITO DE MI BEBÉ, ¿QUÉ PUEDO HACER? ¿PUEDO RECLAMAR UNA INDEMNIZACIÓN A LA COMPAÑÍA AÉREA POR LA ROTURA DE MI CARRO DE BEBÉ? ¿QUÉ CANTIDAD PUEDO RECLAMAR POR EL DAÑO EN EL CARRO DE BEBÉ FACTURADO? ¿QUÉ PLAZO HAY PARA RECLAMAR A LA AEROLÍNEA LA INDEMNIZACIÓN POR HABER RECIBIDO EL CARRO FACTURADO DAÑADO? ¿QUÉ DOCUMENTACIÓN NECESITO PARA PODER PONER UNA RECLAMACIÓN A LA COMPAÑÍA POR HABERME ENTREGADO EL CARRITO DE MI BEBÉ DAÑADO?
Si viajas con un carro o silla de bebé, debes facturarla en los mostradores de facturación o directamente en la puerta de embarque, antes de acceder a la aeronave encargada de efectuar tu vuelo.
Si la facturas en los mostradores de facturación de la compañía aérea, debes conservar el talón del equipaje que es la pegatina que te dan.
Si directamente en la puerta de embarque del vuelo, el personal de la compañía lo baja a la bodega, junto al resto de los equipajes, deben entregarte igualmente un documento (normalmente una pegatina pequeña) en la que conste un número de referencia del equipaje que se ha facturado.
Es muy común que los carros de bebé o sillas de paseo que se han facturado lleguen dañados, pudiendo darse dos situaciones que conllevan indemnización:
EN ESTE ARTÍCULO, VAMOS A TRATAR, EL CASO EN EL QUE LLEGAS AL AEROPUERTO DE DESTINO Y TE ENTREGAN LA SILLA DE BEBÉ DAÑADA.
Si llegas al aeropuerto de destino y cuando recoges tu carro, este está dañado, debes dirigirte al mostrador de reclamación y abrir un Parte de Irregularidad de Equipaje (PIR) por equipaje dañado, en el que conste que el carro de bebé o la silla de paseo de bebé se ha entregado dañada. (deben entregarte el documento físico, no solo indicarte el número del PIR asignado a la reclamación)
Si el carro es nuevo o han pasado meses desde que lo compraste, puedes insistir a la compañía, para que refleje en el PIR la antigüedad del carro dañado.
Es muy importante conservar el PIR, ya que es imprescindible para la reclamación de la indemnización por los daños ocasionados en el carro de bebé.
¿CUÁNTO PUEDO RECLAMAR A LA COMPAÑÍA AÉREA POR HABERME ENTREGADO LA SILLA DE BEBÉ ROTA?
Conforme al Convenio de Montreal de 1.999, la compañía está obligada a pagarte una indemnización por haber dañado tu carro o tu silla de paseo y la cuantía de esta dependerá de los daños causados, siendo el límite máximo que se puede reclamar un importe de 1.400€ aproximadamente.
En este caso debes conservar la factura de reparación de los desperfectos causados al carro o la silla de paseo.
En este caso es conveniente tener la factura de compra del carro o la silla (aunque no es indispensable y valdría con una valoración del carrito en cuestión, hecha por ejemplo en una tienda en internet)
Lo que sí es imprescindible en estos casos, es lo que se denomina certificado de irreparabilidad, que es un documento que te podrán hacer en cualquier distribuidor de la marca, donde conste que no se puede reparar y el carro o la silla de paseo resultan completamente inservibles.
Si al facturar tu carro de bebé o silla de paseo has hecho una declaración de especial valor de este, se podría reclamar una cuantía superior al límite de 1.400€ y que no supere el valor de la cuantía declarada.
¿QUÉ PLAZO HAY PARA RECLAMAR LA INDEMNIZACIÓN A LA COMPAÑÍA AÉREA, POR HABER ENTREGADO LA SILLA DE BEBÉ FACTURADA ROTA?
Para poder obtener una indemnización por haber recibido un carro o silla de paseo dañados, es necesario interponer por escrito una reclamación a la compañía, antes de que transcurran 7 días naturales desde la fecha en la que se ha recibido el equipaje dañado.
Es decir, cuando llegas al aeropuerto y compruebas que tu carro está dañado, debes interponer el PIR antes de salir de la zona de recogida de equipaje, pero, además, antes de que transcurran 7 días naturales desde que te entregaron el carro dañado, debes remitir una reclamación a la compañía que operó tu vuelo, dejando constancia de que lo has recibido dañado y solicitando una indemnización por los referidos daños. Normalmente se hace por la web de la compañía en su apartado de contacto.
¿QUÉ DOCUMENTACIÓN NECESITO PARA PONER UNA RECLAMACIÓN A LA COMPAÑÍA POR EL DAÑO EN LA SILLA DE MI BEBÉ?
Lo imprescindible para poder iniciar una reclamación por haberte entregado el carro o la silla de bebé en mal estado, es disponer de la siguiente documentación:
No tengas dudas, haz valer tus derechos y haz que la compañía pague por haber dañado la silla de bebé que has facturado.