¿Quién me va a comunicar que mi vuelo se cancela?
La encargada de comunicar la cancelación del vuelo es la compañía aérea, pero se pueden dar dos situaciones
¿Es necesario que comunique que opto por el reembolso, al recibir el aviso de la cancelación?
Sería necesario, pero no imprescindible, Nosotros recomendamos que se comunique por escrito guardando justificante de haberlo pedido. Igualmente se pueden dar dos situaciones
En ambos casos y si la comunicación la haces por el formulario de contacto de la web, debes guardar capturas de pantalla de la reclamación y el acuse por si no te remitiera la compañía y/o la agencia de viajes justificante por email de haber efectuado la comunicación.
¿Qué sucede si se acerca la fecha del vuelo y la compañía aérea y/o la agencia de viajes no me ha comunicado la cancelación?
Nosotros recomendamos comunicar por escrito que no se va a utilizar el vuelo guardando justificante de haberlo pedido. Aunque dadas las actuales circunstancias, lo normal es que recibas la comunicación de la cancelación.
Se debe seguir el mismo procedimiento que en la respuesta anterior.
¿Estoy obligado a aceptar los bonos que ofrecen las compañías?
No estás obligado, ya que, para poder reembolsar mediante bono, tiene que haber sido el pasajero el que haya aceptado esa opción.
¿Si he comprado el vuelo a través de agencia de viajes quién me va a efectuar el reembolso?
Será la agencia quién te devolverá finalmente el dinero, tras recibirlo de la compañía, por lo que si la compañía te confirma que ha hecho el reembolso y no lo has recibido, debes contactar con la agencia, ya que las compañías lo devuelven por el mismo medio que se ha hecho el pago, que en este caso es el de la agencia.
¿Qué plazo tengo para reclamar?
El plazo para reclamar es de 5 años.
¿Si no atienden mi reclamación que debo hacer?
Deberás valorar cuánto tiempo estás dispuesto a esperar la respuesta de la compañía, teniendo en cuenta que el plazo para reclamar judicialmente con nosotros es de 5 años.
¿Qué plazo tiene la compañía para devolverme mi dinero?
El plazo según el reglamento europeo es de 7 días, aunque dicho plazo nunca se cumple y hay que tener en cuenta el plazo que se establece en el Real Decreto-Ley 11.2020 para consumidores, cuyo impacto para el transporte aéreo hemos explicado en el anterior blog.
Ha transcurrido plazo suficiente para que la compañía me hubiera devuelto el dinero ¿qué puedo hacer?
En este caso no queda más remedio que acudir a la vía judicial, para lo cual contacta con nosotros a través del formulario de la web e iniciamos tu reclamación.